Que ante los hechos que son de dominio público, referido a las disposiciones dispuestas por el Gobierno Nacional mediante Decreto de Necesidad y Urgencia, en la que establece el aislamiento social. – Que se entiende, que el proceso de regreso a las actividades se resolverá conforme se pase a la fase IV, (tiempo de duplicación del virus); Que, en aquellas provincias y municipios encontradas en dicha fase, determinarán las actividades a regularizar; Que esta entidad madre del Ciclismo Argentino, acompañará las normas que dicten cada Provincia y/o Municipios, en la particularidad del desarrollo de cada disciplina de Ciclismo de Ruta – MTB – BMX y PISTA; Y considerando que la regularización de la actividad debe ser consensuada con todos los sectores, es que;

SE RESUELVE: Que, cada Asociación y/o Federación de Ciclismo, se constituirá en Ente consultivo de las autoridades Provinciales y/o Municipales que elaboren las pautas para las actividades del Ciclismo en sus diferentes disciplinas. – C.A.B.A., 11 de Mayo de 2020

JOSE L. CORNEJO GABRIEL O. CURUCHET Secretario Presidente