Artículo 1º- Organización

Con la Organización de la Asociación Misionera de Ciclismo, con la fiscalización de la Federación Argentina de Ciclismo Pista y Ruta, el CAMPEONATO ARGENTINO DE RUTA CATEGORIAS MASTER, ELITE II (Damas y Varones). durante los días, 23, 24, 25, 26, 27, 28 de mayo de 2023.-

Artículo 2º- Participación

* Podrán participar corredores federados con licencia 2023, categorías Máster Varones y Elite II,
que no hayan participado en pruebas por etapas reservadas a ciclistas Élite durante la presente
temporada de ruta.-

LICENCIAS: Para participar de este evento los ciclistas deberán tener Licencias en sus
respectivas Asociaciones, dentro de la jurisdicción de su domicilio, las que serán presentadas
previo a la Reunión Técnica CONJUNTAMENTE CON DNI.

CUPOS: Libres.

NO PODRÁN PARTICIPAR LAS DAMAS QUE HAYAN OBTENIDO MEDALLAS EN LOS CAMPEONATOS DE RUTA ELITE 2023.-

Artículo 3º- Inscripciones

* Se recibirán a través de las respectiva Asociaciones/Federaciones sin excepción hasta el día 18
de mayo de 2023, por formulario WEB 

ACLARACIÓN: SOLO LAS ASOCIACIONES O FEDERACIONES PUEDEN INSCRIBIR CICLISTAS.

Artículo 4º- Distancias
* Las estipuladas en el Programa de Carrera Pruebas de pelotón y CRI


Artículo 5º- Bicicletas

* Estas deberán ser de ruta, poseer los dos frenos en buen funcionamiento y piñón libre. Para
realizar auxilios con cambio de bicicleta sólo se permitirán de las características antes
mencionadas.

Artículo 6º- Indumentaria

* Todo corredor participará con la Vestimenta Oficial de la Asociación o Federación que
representa.

Artículo 7º- Costo de Inscripción

* Cada ciclista deberá abonar una cuota inscripción de pesos cuatro mil ($ 4000), por cada prueba, ó Seis Mil ($ 6000) por las dos pruebas através del delegado de la Asociación/ Federación que representa en el momento de ratificar su participación.


Artículo 8º- Secretaría permanente

* La misma funcionará desde el 23 de mayo a partir de las 17:00 en el Autódromo de ROSAMONTE de la Ciudad de Posadas, Misiones. Durante la competencia contra reloj, funcionará en la zona de llegada.

Artículo 9º- Reglamentación general aplicable

* El presente Reglamento de la prueba es un complemento adicional a lo establecido en el Reglamento

de la FACPyR – UCRA y UCI del Deporte Ciclista, Reglamento de Ruta y Sanciones de la UCI.

* Los corredores, técnicos, delegados y el personal auxiliar de las Asociaciones o Federaciones
participantes deben conocer el presente reglamento y se comprometen a aceptar íntegramente
cuanto en él se especifica.

Artículo 10º- Abastecimiento

* Los mismos se realizarán pie en tierra, en las zonas dispuestas por el Colegio de Comisarios, Es responsabilidad de las Asociaciones y o Federaciones, que esta actividad la realicen solamente las personas habilitadas, teniendo la facultar el Colegio de Comisarios aplicar las multas y sanciones, a las Asociaciones o Federaciones. –

Artículo 11º- Auxilios

* No está permitido el seguimiento de los corredores en la competencia de pelotón, en la CRI solamente por el MECANICO; TECNICO o DELEGADO Acreditado, quieren deberán estar licenciados para poder ingresar el circuito o hacer de auxilio en la CRI.-

Artículo 12º- Premios

* Se otorgarán los siguientes premios:

CAMPEÓN: Camiseta – Medalla Dorada

SUB CAMPEÓN: Medalla Plateada

TERCERO: Medalla Bronceada

Artículo 13º- Ceremonias protocolares

* Es obligación del corredor concurrir a la ceremonia protocolaria de premiación con indumentaria
ciclista, (sin gorra, lentes  y sobre el podio sin acompañantes).-

Artículo 14º- Reclamos y Protestas

* Por escrito a la Secretaria del Colegio de Comisarios con un depósito de $ 10000 (Diez mil
pesos).-

Art. 15: Controles Antidoping:

Todo corredor designado para efectuar el procedimiento de recolección de muestras deberá presentarse una vez notificado, en compañía de su delegado a los efectos de la extracción de las muestras pertinentes. Ante la no presentación se lo declarará en infracción al reglamento de anti-doping. Le elección de corredores y la realización de los mismos es facultad de la CNAD.-

Art. 16: Acreditaciones:

Toda persona designada como Delegado, Mecánico, Técnico deberá poseer Licencia habilitante, caso contrario deberá gestionarla Previo al Congresillo Técnico y deberá estar cargado por la Asociación y / o Federación por el Formulario WEB.