1.- Normas Generales

el presente Reglamento será de aplicación a todas las personas y entidades que de una forma u otra dependan de la FACPYR y participen del acto electoral a realizarse el día ocho de julio del año 2006 a las 11 hs en sede del hotel 13 de julio sito en calle nueve de julio y mitre Mar del Plata Argentina.

Cualquier persona jurídica, clubes, asociaciones, federaciones provinciales, personas físicas en posesión de licencia federativa, tiene la obligación de conocer el presente Reglamento y, por tanto, se somete a las consecuencias que puedan derivarse de su aplicación, sin que, en ningún caso, pueda alegar ignorancia de los mismos.

Todas las personas señaladas con anterioridad y que participen en el acto eleccionario deben tener presente que para todo cuanto se refiera al cumplimiento de estos Reglamentos deben dirigir sus peticiones, reclamaciones, o documentos a la secretaría de la FACPYR, a través de su Federación o asociación, hasta media hora antes de la señalada para la iniciación de la asamblea anual ordinaria que elegirá autoridades por el lapso de dos años.

ninguna petición respecto del acto eleccionario o acreditación será tramitada si no se realiza por el conducto indicado.

El Presidente de la FACPYR asistirá a la asamblea la presidirá.

2.-(CANDIDATOS)

Definición.

Se entiende por CANDIDATOS a las diferentes listas propuestas por las asociadas los que podrán realizarla por el consejo directivo completo o proponer en su caso individualmente para un cargo específico, el documento de propuesta deberá ser por escrito y que se haya originado de la reunión de la comisión directiva de las respectivas afiliadas, la petición oficial se entregará a la FACPYR hasta diez días antes del acto eleccionario.

Toda persona sancionada con suspensión de licencia y durante la duración de la sanción queda incapacitada para ejercer cualquier cargo como candidato, así como formar parte de cualquier órgano federativo.

Las listas se oficializarán si no hay oposición ni impugnación cinco días antes del acto eleccionario.

AFILIADAS. Derecho de participar y de voto.

La confección y exhibición del padrón electoral deberá estar en sede de la FACPYR,

A consideración de las afiliadas para la impugnación de las mismas, el padrón electoral compondrá a todas las afiliadas que tienen derecho a asistir o votar en el acto eleccionario, de modo que en la asamblea habrá dos tipos de afiliadas, las que tienen derecho a voto y las que solamente pueden asistir sin voto.

AFILIADA CON VOZ Y VOTO: Las que pueden votar, serán aquellas que tengan por acreditado ante la FACPYR la documentación completa sobre la documentación que acredite su existencia como persona jurídica y nomina de su consejo directivo. En caso contrario tendrán hasta media hora antes de la asamblea posibilidad de entregar nómina de su consejo directivo y acreditar como delegado a uno de sus integrantes.-

Tener hasta media hora antes al día del acto eleccionario al día con las cuotas anuales obligatorias incluida la del año 2006, y tramitada como mínimo treinta licencias del presente período.-

AFILIADA CON DERECHO DE ASISTIR CON VOZ SIN VOTO.

Aquellas que existan en el padrón electoral y no hayan sido impugnadas, y reconocidas por la FACPYR pero que no hayan cumplimentado los requisitos previamente detallados para asistir con voto, podrán participar con su delegado con voz pero sin voto.-

De la asamblea. A) A la hora fijada, con el quórum suficiente se dará inicio a la asamblea pasando a tratar el orden del día fijado.-

b) La asamblea será presidida por el señor presidente de la facpyr.-

c) toda falta de respeto al orden y que perturbe el normal y buen funcionamiento de la asamblea será pasible de sanción.-

d) el presidente deberá mantener el orden de la misma facultándosele a retirar a toda persona del recinto que no respete las mínimas normas de convivencia y participación.-

e) el presidente podrá autorizar la asistencia a personas que no pertenezcan a miembros de asociaciones acreditados como delegados, y que aseguren el recto funcionamiento de la asamblea.-

f) Los votos serán nominales y lo serán a viva voz propuesta la lista de candidatos se votará por la afirmativa, la negativa o la abstención, la comisión de escrutinio dará cuenta del resultado final de la votación.-

De la comisión de escrutinio.

Designada por la asamblea la conformación de la comisión de escrutinio, será la encargada de escrutar los votos y dar fiel el resultado del acto eleccionario.-

NOTA:

El padrón electoral estará disponible para todas aquellas asociaciones que lo soliciten.